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title: "La ANMAT prohíbe la comercialización de varias marcas de café"
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description: "Se trata de productos de dudosa procedencia, ya que carecen de registros sanitarios válidos y presentan rótulos falsos. (Caffé del Doge, Café Sol y Caffé del Ponte Rialto)"
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date_published: "2025-11-13T18:32:00-03:00"
date_modified: "2025-11-13T18:42:37-03:00"
author_name: "Daniel Espinoza"
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category_name: "Nacional"
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# La ANMAT prohíbe la comercialización de varias marcas de café

![images](/download/multimedia.miniatura.855918457cd03779.bWluaWF0dXJhLndlYnA=.webp)

ANMAT informa que, mediante la Disposición N° 8385/25, se prohíbe la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional y en plataformas de venta en línea de los siguientes productos:

“Puro café espresso estilo italiano tostado natural en grano, Doge Rosso Blend, marca Caffé del Doge, Il Caffé di Venezia, RNPA Exp. N° 4050-141467, Elaborado y envasado por RNE N° 02-033393, Para: Junio 1995 SRL, Miguel Angel 1827 2A (CP 1416)”  
“Café Clásico, marca Café Sol, Línea baristas, RNE N°: 02-033393, RNPA EXP. N° 4050-141467”  
“Café Colombia, marca Café Sol, Línea baristas, RNE N°: 02-033393, RNPA EXP. N° 14050-141467”  
“Café Gourmet, marca Café Sol, Línea baristas, RNE N°: 02-033393, RNPA EXP. N° 4050-141467”  
“Café, marca Café Sol, Línea baristas, RNE N°: 02-033393, RNPA EXP. N° 4050-141467”  
“Puro café estilo italiano tostado natural en grano, Intenso Blend, marca Caffé del Ponte Rialto, Elaborado y envasado por RNE N° 02-033393, RNPA Exp. N° 4050-141467, Para: Junio 1995 SRL, Miguel Angel 1827, CABA”  
“Café tostado natural, Expresso Café Crema”

![imagen_8385_1](/download/multimedia.miniatura.ac30bf94864cd1f7.bWluaWF0dXJhLndlYnA%3D.webp) ![imagen_8385_2](/download/multimedia.miniatura.acbccfd660a1fe6d.bWluaWF0dXJhLndlYnA%3D.webp)

Asimismo, se prohíbe la comercialización en todo el territorio nacional de cualquier producto que en su rótulo indique el RNPA EXP. N° 4050-141467, por tratarse de un registro inexistente utilizado en rótulos falsos.

![imagen_8385_4](/download/multimedia.miniatura.adc1055517b7f1e1.bWluaWF0dXJhLndlYnA%3D.webp)![imagen_8385_5](/download/multimedia.miniatura.bbf38862563a453e.bWluaWF0dXJhLndlYnA%3D.webp)

La medida fue adoptada luego de una investigación realizada por el Departamento de Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del INAL, en la cual se verificó que los productos mencionados carecen de registros sanitarios válidos de establecimiento y de producto (RNE y RNPA), y que exhiben números de registro inexistentes o pertenecientes a otros elaboradores, resultando ser productos apócrifos.

![imagen_8385_7](/download/multimedia.miniatura.8cabe4f5996c5402.bWluaWF0dXJhLndlYnA%3D.webp)

Por estas razones, la ANMAT recomienda no consumir los productos indicados y, en caso de haberlos adquirido, evitar su uso y realizar la denuncia correspondiente ante la autoridad sanitaria local.![imagen_8385_3](/download/multimedia.miniatura.947454bd135600b6.bWluaWF0dXJhLndlYnA%3D.webp)![imagen_8385_6](/download/multimedia.miniatura.a482a1ba97d91767.bWluaWF0dXJhLndlYnA%3D.webp)

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