Festram acordó incremento salarial

En la jornada de hoy, la Federación de Sindicatos de Trabajadores Municipales (FESTRAM) acordó un incremento salarial del 5% sobre la política salarial vigente en cada jurisdicción, y consiste en un aumento del 3,1% por el mes de Enero y de 1,9% en Febrero de 2025. El incremento es remunerativo y bonificable. Además, se incluyo el aumento del 200% para las Asignaciones Familiares.

Provincial26/02/2025Daniel EspinozaDaniel Espinoza
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Este miércoles los representantes paritarios de los Trabajadores y de los Intendentes y Presidentes Comunales establecieron un acuerdo salarial por los meses de Enero y Febrero, y de incremento de las Asignaciones Familiares.

El Incremento Salarial consiste en un aumento del 5% sobre la política salarial vigente en cada jurisdicción, y consiste en un aumento del 3,1% por el mes de Enero y de 1,9% en Febrero de 2025. El incremento es remunerativo y bonificable. 

Se acordó además que dicho aumento no represente menos de $120.000.- ($50.000 por Enero y $70.000 por febrero a abonarse en el próximo sueldo). 

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El acuerdo fija las condiciones salariales y formas de pago mínimas para la totalidad de los trabajadores y trabajadoras de Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe, constituyendo la negociación colectiva un piso, de ninguna manera se podrán reducir los salarios superiores al presente acuerdo. Asimismo, los Sindicatos quedan facultados para obtener mejoras superiores al acuerdo de referencia.

Este acuerdo corresponde a la política salarial para el personal activo (planta permanente, contratados, eventuales y/u otra modalidad de contratación) de todos los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe. De la misma manera, el aumento pactado, eleva el Salario Mínimo Garantizado de Bolsillo llevándolo a la suma de $615.368 para el mes de Enero y $635.368 a partir del mes de Febrero. 

Lo acordado se traslada íntegramente al sector pasivo.

Respecto a las Asignaciones Familiares, se acordó un 200% de actualización de todos los conceptos previstos en la Ley Provincial 9290.

Oficina de Prensa FESTRAM

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