Santa Fe: Diputados aprobó eximir del pago de impuestos a actividades no esenciales

Ahora el Senado de Santa Fe deberá definir si da sanción definitiva a la ley que pretende acompañar a trabajadores y MiPymes que no pudieron funcionar con regularidad.
Provincial14/09/2020Daniel EspinozaDaniel Espinoza
juan candido
Política

La provincia de Santa Fe se encamina a darle luz verde a una medida que pretende alivianar la carga impositiva de los trabajadores que vieron afectadas sus actividades por las restricciones impuestas en el marco de la pandemia por Coronavirus. El pasado jueves, los diputados y diputadas de Santa Fe dieron media sanción al proyecto de ley impulsado por la bancada de la Unión Cívica Radical (UCR) en el Frente Progresista.

La norma busca eximir de Ingresos Brutos a quienes no estén encuadrados dentro las “actividades esenciales”, suspender la caducidad de planes de pago, entre otras medidas. “Fue un trabajo arduo en las distintas comisiones, donde se introdujeron algunas modificaciones y se le dio sanción a la norma más equitativa posible” detalló Juan Cruz “Cacu” Cándido.

“Esta ley contempla una serie de medidas de alivio para aquellos que vieron interrumpida su actividad, que tuvieron poco tiempo o nada de funcionamiento por estar encuadrados en los ‘no esenciales’, es decir, aquellos que por tener mayor riesgo de propagación de la enfermedad o estar vinculados a sectores que no podrán retomar su funcionamiento en el corto plazo” señaló Cándido.

Al mismo tiempo afirmó que “ante un Estado que relata los hechos y que no toma acciones concretas para enfrentar las consecuencias graves que está teniendo la pandemia en la economía, desde la Cámara de Diputados y Diputadas fuimos aportando distintas herramientas para acompañar a los más afectados. Sabemos que el Gobierno tiene los recursos, bueno, llegó la hora de ponerlos en los sectores que más ayuda necesitan”.

Dentro de las distintas medidas que se detallan en el cuerpo de la ley, se destacan: el no cobro de Ingresos Brutos (II.BB) para los “no esenciales”, alcanzando a quienes estén inscriptos en el Régimen Simplificado; para el pago anual de II.BB, deberá tenerse en cuenta el no pago por no generación de ingresos; suspensión de la aplicación de intereses; suspensión de la caducidad de los planes de pagos; eximición del pago de Impuestos de Sellos y de las Tasas Retributivas a MiPymes que reciban asistencia financiera por parte del Estado o mediante créditos bancarios, préstamos o subsidios; y, mecanismos de reintegro para quienes ya pagaron.

“El proyecto lo hemos ido enriqueciendo con el aporte de distintos bloques. A esta altura, casi 6 meses después de comenzada la pandemia, con un plazo fijo de más de 25.000 millones de pesos en los bancos y una cifra similar en el FUCO (Fondo Unificado de Cuentas Oficiales), creíamos que el Gobierno Provincial iba a tomar medidas más concretas para cuidar la producción, el comercio y el empleo, porque estamos en condiciones de hacerlo. Pero, lamentablemente, primaron las ideas conservadoras y el Gobernador entendió que era prioritario ahorrar dinero antes que ayudar a los santafesinos y las santafesinas”

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