Ya fijaron fecha para el juicio contra Cristian "pity" Álvarez

“El estado de salud actual del acusado permite reanudar el trámite de las presentes actuaciones, debido a que sus facultades mentales se encuentran estabilizadas y puede comprender el alcance y consecuencias del proceso penal seguido en su contra”, sostuvo el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 29,y confirmó que el 10 de agosto reanudarán el juicio contra el cantante. Además, se le prohibió la salida del país.
Judiciales04/05/2026Daniel EspinozaDaniel Espinoza

Tras el dictamen que presentó el fiscal general Sandro Abraldes, el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional Nº 29 reanudó el proceso judicial contra Cristian "Pity" Álvarez y fijó fecha de juicio oral para el próximo 10 de agosto en la causa donde se lo acusa de haber asesinado a un hombre en el barrio Samoré de Villa Lugano, en julio de 2018.

Tal como había planteado el MPF hace dos semanas, los jueces Gustavo Goerner, Juan María Ramos Padilla y Hugo Navarro consideraron que el estado de salud actual del acusado “permite reanudar el trámite de las presentes actuaciones, debido a que sus facultades mentales se encuentran estabilizadas y puede comprender el alcance y consecuencias del proceso penal seguido en su contra”.

De esta forma, fijaron fecha para once audiencias de debate que se llevarán adelante entre agosto y septiembre de 2026 y ordenaron la prohibición de salida del país. Además, establecieron que el músico no podrá ausentarse de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sin autorización expresa del tribunal. En su dictamen, el fiscal Abraldes había resaltado que Álvarez no solo llevó adelante un recital en Córdoba en diciembre de 2025 sino que ya estaban a la venta las entradas para un concierto a realizarse en Rosario el próximo sábado 9 de mayo.

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“Se observa a una persona evidentemente orientada en tiempo y espacio, con conciencia de situación y con evidente dominio de su capacidad de atención y concentración”, había señalado en su escrito el fiscal a cargo de la Fiscalía General ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional N°27. “El show de 3 horas en el estadio Mario Kempes ha dejado en evidencia, por parte de Álvarez, una coordinación cognitiva sostenida, la interacción con el público, memoria operativa (letras, secuencias, dinámica escénica), tolerancia al estrés y organización conductual compleja. Existe una disonancia objetiva entre las limitaciones funcionales alegadas por la defensa y la evidencia conductual reciente del imputado en un contexto de alta exigencia cognitiva y emocional”, había señalado.

Los antecedentes: El músico llegó a juicio acusado del homicidio agravado de Cristian Díaz y, además, está acusado de haber privado de su libertad, con violencia y amenazas, a su manager y a una amiga en noviembre de 2016. En 2021, se suspendió por primera vez el proceso en su contra y, si bien se fijó fecha de inicio de debate oral para 2023, finalmente en marzo de ese año se suspendió el proceso nuevamente por su estado de salud

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Desde ese momento, el acusado es evaluado por profesionales del Cuerpo Médico Forense (CMF) y por peritos designados por su defensa. En su dictamen, el fiscal Abraldes había destacado que en marzo de este año, un equipo conformado por médicos y psicólogos dio cuenta de que el imputado “dispone de una reserva cognitiva para afrontar las distintas instancias que conforman el proceso penal”.

Por otra parte, los peritos de la defensa argumentaron que no se encuentran dadas las condiciones para sostener “con suficiencia técnica” cómo será el desempeño cognitivo del acusado durante el debate.

La decisión del tribunal: En su voto, el juez Goerner descartó el reclamo de la defensa al respecto de llevar adelante una nueva evaluación neurocognitiva. “Debo señalar que la observación de los profesionales propuestos por la defensa, como acertadamente lo destacara la fiscalía, no describe una imposibilidad actual para estar en juicio, sino una hipótesis de inestabilidad futura derivada del curso del debate”, resaltó.

“Por otro lado, no puedo coincidir con la propuesta de la defensa para que el trámite del proceso quede supeditado al resultado de un abordaje terapéutico integral y sostenido en el ámbito de salud mental y adicciones de su asistido, puesto que bastaría con que aquel se negara al tratamiento o lo entorpeciera -voluntariamente o no-, para lograr la postergación indefinida del debate”, agregó, en línea con lo que había manifestado también el MPF. Además, consideró que existían “numerosas constancias en la causa” que dieron cuenta de “la reticencia y dificultades” de Álvarez para afrontar “los distintos tratamientos que se le prescribieran”, lo cual le generaba “fundadas dudas” sobre el cumplimiento.

En esa línea, consideró que se relevaron distintos elementos que contribuyeron a la evaluación integral de la situación actual del imputado. “En particular, me refiero a las distintas actividades tanto profesionales como sociales, que aquel viene realizando últimamente y que resultan de público conocimiento -recitales, videos sobre nuevos temas, entrevistas, etc-, a partir de las cuales se puede inferir que se encuentra en condiciones de interactuar y desenvolverse en su vida cotidiana sin ninguna dificultad”, recalcó el juez Goerner.

“Es más, se encuentra en pleno trámite un nuevo pedido de autorización para realizar otro recital en la ciudad de Rosario el mes entrante. En ese contexto, insistir con la realización de nuevos estudios y la suspensión del debate debido a la imposibilidad del acusado para afrontarlo resulta decididamente insostenible”, concluyó. Los jueces Ramos Padilla y Navarro coincidieron con lo expuesto por su colega en su voto.

Por Fiscales.gob.ar

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