Presentaron un proyecto de ley que impone hasta ocho años de prisión por vandalismo rural

En medio de los reiterados reclamos del sector agropecuario por hechos de vandalismo rural, roturas de silobolsas, intrusiones en campos y daños sobre infraestructura productiva, ingresó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley que busca endurecer las penas para distintos delitos cometidos en el ámbito rural.
Nacional19/05/2026Daniel EspinozaDaniel Espinoza

La iniciativa, impulsada por el diputado nacional Martín Ardohain junto a otros legisladores de Pro, propone modificaciones al Código Penal para castigar con hasta ocho años de prisión hechos como daños sobre cultivos, instalaciones rurales e infraestructura tecnológica utilizada en la producción agropecuaria. Ardohain es presidente de la Comisión de Agricultura en la Cámara baja.

El proyecto también introduce cambios sobre la figura de “instigación pública” para agravar las penas cuando la convocatoria a cometer delitos se realice mediante redes sociales o plataformas digitales. La propuesta lleva, además, las firmas de diputados como Cristian Ritondo, Alejandro Finocchiaro y Fernando De Andreis, entre otros.

Uno de los puntos principales de la iniciativa es la incorporación del artículo 150 bis al Código Penal. Allí se establece que será reprimido “con prisión de un (1) mes a un (1) año” quien ingrese a un establecimiento rural “contra la voluntad expresa o presunta de quien tenga derecho de excluirlo”.

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Además, el texto aclara que “se presume la voluntad de exclusión por la sola existencia de cerramientos, vallas, muros, alambrados o señales que indiquen la prohibición de ingreso”.

El proyecto incorpora excepciones y señala que no se configurará delito cuando el ingreso responda a “una necesidad justificada, razones de auxilio o cuando la configuración del lugar no permita distinguir claramente el límite con la vía pública”.

En los fundamentos, Ardohain sostuvo que “el campo argentino está siendo afectado por modalidades delictivas que la ley hoy ignora o minimiza, dejando al productor en un estado de absoluta indefensión”. También afirmó que “la destrucción de la infraestructura tecnológica estratégica se pretende juzgar con herramientas del siglo pasado”.

Según argumentó, la propuesta busca “adecuar y actualizar las normas penales para dar una respuesta sistémica, eficaz y moderna a una problemática que impacta directo en el tejido social y económico del país”.

Otro de los ejes centrales del proyecto es la creación del artículo 184 bis, que endurece las penas para quienes provoquen daños sobre bienes vinculados a la producción agropecuaria. La iniciativa establece penas de dos a ocho años de prisión y multas de entre tres y doce veces el valor del daño causado para quienes destruyan o dañen cereales, oleaginosas, silobolsas, cultivos, ganado, instalaciones rurales o productos durante su transporte.

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silobolsa - Imagen de archivo web - Ilustrativa.

Además, la pena mínima se eleva al doble si el autor es funcionario público o se dedica habitualmente a la actividad agropecuaria.

La propuesta incluye además daños sobre “paneles solares, bombas sumergibles, generadores o sistemas de riego”, además de “alambrados, tranqueras, silos, corrales o reservas hídricas”. En ese punto, el texto remarca que actualmente muchos de estos hechos terminan siendo considerados por la Justicia como “daño simple”.

Frente a eso, sostiene que “la destrucción de un silobolsa o el daño a los cultivos no es un simple acto vandálico; es un ataque directo al esfuerzo de inversión y a la capacidad exportadora del país”.

En los fundamentos también se hace referencia a las intrusiones en campos y a la caza furtiva. Ardohain planteó que “las intrusiones clandestinas en los campos rara vez constituyen hechos azarosos o inocentes” y consideró que muchas veces funcionan como “una tarea de inteligencia delictiva previa, orientada a relevar vulnerabilidades”.

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Además, sostuvo que el nuevo artículo busca resolver “un conflicto cotidiano y severo en el sector: el ingreso inconsulto de personas armadas para realizar prácticas de caza clandestina o furtiva”.

Según señaló, estas situaciones “destruyen alambrados, alteran y estresan al ganado en producción y representan un riesgo gravísimo para la seguridad física de quienes habitan el predio”.

La propuesta también modifica el artículo 209 del Código Penal sobre instigación pública. Allí se propone elevar las penas cuando la convocatoria a cometer delitos se realice “a través de medios de comunicación masiva, redes sociales o plataformas digitales”.

Sobre este punto, el proyecto argumenta que las plataformas digitales permiten “la difusión instantánea de coordenadas geográficas exactas por GPS, mapas o datos satelitales”, lo que podría facilitar “ataques materiales simultáneos, masivos y sistemáticos contra diversos establecimientos agropecuarios”.

Hacia el cierre de los fundamentos, Ardohain afirmó que la reforma “no busca crear privilegios sectoriales, sino restablecer el imperio de la ley, la certeza jurídica y la protección de la libertad y el trabajo en el ámbito rural argentino”.

Fuente: Sociedad Rural de Rosario.

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