Actualización de la escala de retenciones de ganancias para autónomos

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los importes de la escala y las alícuotas aplicables para el cálculo de la retención de Ganancias cuando se trate de pagos por el ejercicio de profesiones liberales u oficios. La medida es parte del paquete ordenado por el Ministerio de Economía

Nacional28/09/2023Daniel EspinozaDaniel Espinoza
ganancias-bienes-personales
ganancias-bienes-personales

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) actualizó los importes de la escala y las alícuotas aplicables para el cálculo de la retención de Ganancias cuando se trate de pagos por el ejercicio de profesiones liberales u oficios. La medida es parte del paquete ordenado por el Ministerio de Economía de la Nación, destinado a conceder beneficios a los trabajadores autónomos, entre otros sujetos.

Se incorporó el régimen de “Profesiones liberales, oficios” al cuadro utilizado para el cálculo de las alícuotas y montos no sujetos a retención, quedando de la siguiente manera:

28-09-2023_09-37-47

 A dicho régimen se le asignó la siguiente escala específica, aplicable sobre el monto del pago que exceda de $160.000:

28-09-2023_09-38-23

Estas medidas tienen vigencia desde su publicación en el Boletín Oficial y serán de aplicación para los pagos realizados a partir del 1 de octubre de 2023, inclusive.

ganancias

Medidas de alivio y fortalecimiento:

Las medidas encargadas a la AFIP por el Ministerio de Economía buscan promover el crecimiento y desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas, en reconocimiento del rol fundamental que ellas juegan para la economía de la Nación.

El micrositio Medidas de alivio presenta toda la información relativa a las medidas tomadas para el fortalecimiento de la actividad económica y del ingreso.

Te puede interesar
juntas-1

Sentencia en el Juicio a las Juntas

Daniel Espinoza
Nacional09/12/2025

Un día como hoy, pero de 1985, la Cámara Federal dicta sentencia en el histórico Juicio a las Juntas. Condena a reclusión perpetua a Jorge Rafael Videla y Emilio Massera, al tiempo que impone 17 años de cárcel para Roberto Viola, 8 para Armando Lambruschini y 4 para Orlando Agosti. Los jueces absuelven a Leopoldo Galtieri, Jorge Anaya, Basilio Lami Dozo y Omar Graffigna. Se optó por condenar en base a los crímenes comprobados a cada junta y no por arma, lo cual permitió la condena leve de Agosti y las demás absoluciones. El fallo coloca a la Argentina a la vanguardia de los derechos humanos en el mundo. Sin embargo, crea problemas al gobierno de Raúl Alfonsín: al establecer la existencia del plan criminal niega la existencia de excesos, como planteara el líder radical en campaña. El punto 30 ordena juzgar hacia abajo a los oficiales que ejecutaron la represión clandestina y abre el debate sobre el cumplimiento de las órdenes. Comienzan a discutirse los alcances de la obediencia debida.

agular ate

ATE fijó la fecha del Paro Nacional para el 9 de diciembre

Daniel Espinoza
Nacional05/12/2025

habrá movilización hacia el Congreso; “Se trata de una reforma laboral pro mercado y la única finalidad que persigue el Gobierno es el disciplinamiento de la fuerza de trabajo. No es verdad que quieran mejorar la competitividad, la productividad o que crezca la economía. Eso no va a suceder quitando derechos”, señaló Rodolfo Aguiar.

Lo más visto
juntas-1

Sentencia en el Juicio a las Juntas

Daniel Espinoza
Nacional09/12/2025

Un día como hoy, pero de 1985, la Cámara Federal dicta sentencia en el histórico Juicio a las Juntas. Condena a reclusión perpetua a Jorge Rafael Videla y Emilio Massera, al tiempo que impone 17 años de cárcel para Roberto Viola, 8 para Armando Lambruschini y 4 para Orlando Agosti. Los jueces absuelven a Leopoldo Galtieri, Jorge Anaya, Basilio Lami Dozo y Omar Graffigna. Se optó por condenar en base a los crímenes comprobados a cada junta y no por arma, lo cual permitió la condena leve de Agosti y las demás absoluciones. El fallo coloca a la Argentina a la vanguardia de los derechos humanos en el mundo. Sin embargo, crea problemas al gobierno de Raúl Alfonsín: al establecer la existencia del plan criminal niega la existencia de excesos, como planteara el líder radical en campaña. El punto 30 ordena juzgar hacia abajo a los oficiales que ejecutaron la represión clandestina y abre el debate sobre el cumplimiento de las órdenes. Comienzan a discutirse los alcances de la obediencia debida.