Quienes no podrán acceder al IFE 4

Anses emitió una serie de nuevos requisitos para todas aquellas personas que podrán percibir el IFE 4.

Nacional05/10/2020Daniel EspinozaDaniel Espinoza
IFE-ANSES
Economía

Si perteneces a algunas de estas opciones en la lista no podrás acceder al bono:

Personas domiciliadas en el exterior.

Ser extranjero y no estar naturalizado/a en el país.

Tener residencia legal menor a dos años previos a la fecha de esta solicitud.

Ser menor de 18 años o mayor de 65.

Convivir con mis padres en caso de ser menor a 25 años.

Estar registrado/a como monotributistas en la categoría “C” o una categoría superior, o estar registrado/a en el régimen de autónomos.

Tener miembro/s de mi grupo familiar registrado/s como monotributistas en la categoría “C” o una categoría superior, o estar registrado/s en el régimen de autónomos.

Encontrarme privado/a de la libertad, bajo cualquier modalidad.

Trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado.

Prestación por desempleo.

Jubilaciones, pensiones o retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Planes sociales, salario social complementario, los programas “Hacemos Futuro”, “Potenciar Trabajo” u otros programas sociales nacionales, provinciales o municipales.

En el caso de los beneficiarios de AUH Y AUH pueden quedar fuera del bono si sus hijos por los cuales reciben la prestación cumplen la mayoría de edad, de esa manera dejan de recibir sus haberes correspondientes y automáticamente quedan afuera del IFE.

Te puede interesar
juntas-1

Sentencia en el Juicio a las Juntas

Daniel Espinoza
Nacional09/12/2025

Un día como hoy, pero de 1985, la Cámara Federal dicta sentencia en el histórico Juicio a las Juntas. Condena a reclusión perpetua a Jorge Rafael Videla y Emilio Massera, al tiempo que impone 17 años de cárcel para Roberto Viola, 8 para Armando Lambruschini y 4 para Orlando Agosti. Los jueces absuelven a Leopoldo Galtieri, Jorge Anaya, Basilio Lami Dozo y Omar Graffigna. Se optó por condenar en base a los crímenes comprobados a cada junta y no por arma, lo cual permitió la condena leve de Agosti y las demás absoluciones. El fallo coloca a la Argentina a la vanguardia de los derechos humanos en el mundo. Sin embargo, crea problemas al gobierno de Raúl Alfonsín: al establecer la existencia del plan criminal niega la existencia de excesos, como planteara el líder radical en campaña. El punto 30 ordena juzgar hacia abajo a los oficiales que ejecutaron la represión clandestina y abre el debate sobre el cumplimiento de las órdenes. Comienzan a discutirse los alcances de la obediencia debida.

agular ate

ATE fijó la fecha del Paro Nacional para el 9 de diciembre

Daniel Espinoza
Nacional05/12/2025

habrá movilización hacia el Congreso; “Se trata de una reforma laboral pro mercado y la única finalidad que persigue el Gobierno es el disciplinamiento de la fuerza de trabajo. No es verdad que quieran mejorar la competitividad, la productividad o que crezca la economía. Eso no va a suceder quitando derechos”, señaló Rodolfo Aguiar.

Lo más visto
campo despejado

Miércoles caluroso y con cielo despejado en Rufino

Daniel Espinoza
Local02/12/2025

El reporte climático de Sucesos indica para mañana, miércoles 3 de diciembre, una jornada mayormente predominada con cielo despejado, además, establece que las temperaturas estarán entre 16 y 30ºC.

juntas-1

Sentencia en el Juicio a las Juntas

Daniel Espinoza
Nacional09/12/2025

Un día como hoy, pero de 1985, la Cámara Federal dicta sentencia en el histórico Juicio a las Juntas. Condena a reclusión perpetua a Jorge Rafael Videla y Emilio Massera, al tiempo que impone 17 años de cárcel para Roberto Viola, 8 para Armando Lambruschini y 4 para Orlando Agosti. Los jueces absuelven a Leopoldo Galtieri, Jorge Anaya, Basilio Lami Dozo y Omar Graffigna. Se optó por condenar en base a los crímenes comprobados a cada junta y no por arma, lo cual permitió la condena leve de Agosti y las demás absoluciones. El fallo coloca a la Argentina a la vanguardia de los derechos humanos en el mundo. Sin embargo, crea problemas al gobierno de Raúl Alfonsín: al establecer la existencia del plan criminal niega la existencia de excesos, como planteara el líder radical en campaña. El punto 30 ordena juzgar hacia abajo a los oficiales que ejecutaron la represión clandestina y abre el debate sobre el cumplimiento de las órdenes. Comienzan a discutirse los alcances de la obediencia debida.