AFIP: Beneficios para cumplidores


Luego de el lanzamiento de la moratoria de 2020, la Administración Nacional de Ingresos Públicos emitió una serie de recompensas para contribuyentes cumplidores, mediante resolución general 4855/2020 anunciaron este martes en el Boletín Oficial los siguientes beneficios:
Exención de Monotributo
Los monotributistas cumplidores pueden acceder a exenciones del concepto impositivo del monotributo a partir del 1 de enero. El tope de exención es de 17.500 pesos y la cantidad de meses depende de la categoría.
Categoría del Pequeño Contribuyente: Períodos fiscales a eximir:
Categorías A y B: Enero de 2021 a junio de 2021
Categorías C y D: Enero de 2021 a mayo de 2021
Categorías E y F: Enero de 2021 a abril de 2021
Categorías G y H: Enero de 2021 a marzo de 2021
Categorías I, J y K: Enero de 2021 a febrero de 2021
Vale aclarar que los contribuyentes deberán seguir pagando la obra social y el concepto previsional.
Deducción especial en el Impuesto a las Ganancias
Se aplica a la declaración jurada correspondiente a 2020 para personas humanas y sucesiones indivisas.
"Podrán deducir, por un período fiscal, de sus ganancias netas un importe adicional equivalente al 50% del mínimo no imponible. Están exceptuados quienes ocupen cargos públicos, los trabajadores y las trabajadoras en relación de dependencia y quienes estén jubilados", expresó AFIP.
Micro y Pequeñas Empresas – Amortización acelerada
Las micro y pequeñas empresas pueden realizar amortizaciones aceleradas en los impuestos a las Ganancias por inversiones en bienes muebles y obras de infraestructura realizadas entre el 26 de agosto de 2020 y el 31 de diciembre de 2021.