El Gobierno nacional elimina el peso mínimo de faena

“Los productores cuentan con los conocimientos técnicos, la experiencia y las herramientas de gestión adecuadas para determinar el momento óptimo de faena”, señala la resolución de Agricultura.

Nacional17/06/2025Daniel EspinozaDaniel Espinoza
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Imagen de archivo

La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca de la Nación avanzó este martes con la desregulación de una política que llevaba casi dos décadas en Argentina y que constituía una de las tantas intervenciones que realizó el kirchnerismo sobre la producción de carne en Argentina.

A través de una resolución publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional derogó las diferentes normativas que se fueron sancionando a partir de 2007 en adelante y que fueron estableciendo pesos mínimos de faena obligatorios.

La medida, que buscada impulsar que los bovinos que se faenaran en los frigoríficos tuvieran un mayor peso, nunca tuvo ese efecto.

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Y para el Gobierno, en la actualidad, constituye una regulación “innecesaria”, debido a que “los productores cuentan con los conocimientos técnicos, la experiencia y las herramientas de gestión adecuadas para determinar el momento óptimo de faena en función de sus propios objetivos productivos, comerciales y sanitarios”.

Cabe aclarar que el cambio dispuesto se aplicará a partir del 1° de enero de 2026: “Las derogaciones dispuestas por el Artículo 1° de la presente medida no afectarán los procedimientos administrativos iniciados ni las infracciones constatadas con anterioridad al 1 de enero de 2026, los cuales deberán continuar su tramitación conforme a la normativa vigente al momento de los hechos”, precisa la resolución.

Peso mínimo de faena: En los considerandos, Agricultura menciona que todo comenzó en 2007, con la resolución N° 68 del 28 de diciembre de ese año, a través de la cual se dispusieron regulaciones relativas al peso mínimo de faena de animales bovinos, fijándose en su Artículo 1° un umbral mínimo por media res para las categorías novillitos y vaquillonas.

En tanto, esa misma normativa estableció en su Artículo 3° un régimen sancionatorio aplicable a la comercialización con destino a faena, así como a la faena comercial de animales de las categorías mamones y terneros (machos y hembras) cuyo peso de res con hueso lograda fuera inferior al allí establecido, previéndose escalas mínimas progresivas en el tiempo.

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Luego, el 23 de marzo de 2010 se conoció otra nueva resolución por la cual el peso mínimo por media res quedó establecido en 99 kilogramos para las categorías novillitos y vaquillonas, y dispuso sanciones para la comercialización con destino a faena o la faena comercial de animales bovinos de las categorías mamones y terneros (machos y hembras) cuyo peso de res con hueso lograda fuera inferior a 165 kilos.

Pasó casi una década para que estos valores se modificaran: el 1° de marzo de 2019, se modificaron los artículos 3° y 4° de la resolución inicial -la de 2007-, imponiendo pesos mínimos diferenciados según el sexo de los animales, fijando 165 kilos para machos y 140 para hembras, e incorporando excepciones vinculadas a razones sanitarias o nutricionales y al destino comercial de los animales.

Los fundamentos de la desregulación de la faena: Bajo este panorama, para justificar su decisión de eliminar estos pesos mínimos, el Gobierno recordó los postulados del Decreto de Necesidad y Urgencia DNU N° 70 del 20 de diciembre de 2023, que en general es la base sobre la que se apoyan todas las desregulaciones en las que va avanzando el Estado.

Ese texto normativo -recuerda la resolución conocida este martes- “establece que para asegurar la vigencia efectiva de un sistema económico basado en decisiones libres, adoptadas en un ámbito de libre concurrencia, con respeto a la propiedad privada y a los principios constitucionales de libre circulación de bienes, servicios y trabajo, debe disponerse la más amplia desregulación del comercio, los servicios y la industria en todo el territorio nacional, y que quedarán sin efecto todas las restricciones a la oferta de bienes y servicios, así como toda exigencia normativa que distorsione los precios de mercado, impida la libre iniciativa privada o evite la interacción espontánea de la oferta y de la demanda”.

Así, bajo la opinión del Ministerio de Economía -del que depende la Secretaría de Agricultura- la resolución original de 2007 “acumula varias modificaciones que han generado un escenario de incertidumbre normativa, afectando la previsibilidad necesaria para la planificación del ciclo productivo ganadero y restringiendo la autonomía del productor para disponer libremente de su producción conforme sus criterios técnicos y objetivos económicos”.

Además, considera que estas regulaciones “respondieron a una lógica de creciente intervención estatal en decisiones propias del ámbito privado, limitando el desenvolvimiento natural del mercado y distorsionando los incentivos económicos de los actores involucrados”.

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Por eso, teniendo en cuenta que “esta administración (N. de R: en referencia al Gobierno de Javier Milei) ha asumido el compromiso de restablecer el marco de libertad económica, promoviendo reglas claras, estables y orientadas a fortalecer la iniciativa privada como motor del desarrollo productivo”, es que se avanza en esta desregulación.

También porque “las regulaciones vinculadas al peso mínimo exigido para la faena de animales bovinos, resultan innecesarias en el contexto actual, toda vez que los productores cuentan con los conocimientos técnicos, la experiencia y las herramientas de gestión adecuadas para determinar el momento óptimo de faena en función de sus propios objetivos productivos, comerciales y sanitarios”, agrega.

Por último, en referencia a la decisión de que este cambio se aplique recién a partir de 2026, justifica que “la implementación de la eliminación de las restricciones vinculadas al peso mínimo de faena requiere instrumentarse en un plazo razonable, a fin de permitir a los actores del sector ganadero y a los establecimientos faenadores adecuar sus procesos productivos, logísticos y comerciales al nuevo marco normativo, así como para garantizar una transición ordenada y efectiva hacia un régimen basado en la libre determinación del momento óptimo de faena por parte del productor”.

Por Infocampo-

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