Actualización del esquema de facturación

La Resolución General 5762/2025, publicada en el Boletín Oficial, entrará en vigencia a partir del 1 de diciembre.
Nacional26/09/2025Daniel EspinozaDaniel Espinoza
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) simplificó el régimen de facturación y modernizó el procedimiento para solicitar la habilitación de comprobantes clase “A”, por medio de la Resolución General 5762/2025, publicada en el Boletín Oficial. A partir de ahora, se dejarán de utilizar las facturas clase “M”, reemplazándolas por facturas clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”.

Si al momento de solicitar la habilitación de comprobantes clase “A” el contribuyente cumple con los requisitos establecidos, pero no acredita solvencia patrimonial, podrá optar por utilizar las facturas clase “A” con leyenda “PAGO EN CBU INFORMADA”, que no se encontrarán sujetas a retenciones de dicha Resolución General.

La nueva norma sustituye diversas Resoluciones vigentes desde hace más de 20 años, y de esta manera, simplifica el esquema de facturación para que resulte más claro y homogéneo.

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De esta manera, ARCA flexibiliza la evaluación cuatrimestral automática del comportamiento fiscal, que podrá derivar en la modificación de la clase de comprobantes habilitada. Dicha evaluación cuenta con una simulación preventiva ejecutada de manera anticipada a la misma, que brinda a los contribuyentes la posibilidad de corregir las irregularidades detectadas en forma previa. En caso de regularizar las inconsistencias de manera posterior a la evaluación definitiva, se brindará la posibilidad de solicitar un reproceso web de los controles, a efectos de recuperar la habilitación clase “A”.

¿Cómo serán las nuevas facturas clase “A” con la leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”?

ARCA comenzará a otorgar habilitación clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN”, en las circunstancias que previamente se otorgaba habilitación clase “M” y adjudicará automáticamente la habilitación clase “A” con leyenda “OPERACIÓN SUJETA A RETENCIÓN” a aquellos que posean habilitación clase “M” al momento de entrada en vigencia del nuevo esquema. La emisión de estos comprobantes mantendrá la codificación actualmente utilizada, bajo la nueva denominación y continuará con la correlatividad de la numeración respecto de aquellos generados como clase “M”, con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia; salvo que se habilite un nuevo punto de venta para los mismos.

¿Cuándo entra en vigencia el nuevo esquema?

La norma entrará en vigencia a partir del 1 de diciembre de 2025.

Cabe destacar que la Resolución General 5764/25, publicada en el Boletín Oficial, complementa a la norma y adapta el sistema normativo previo.

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