
Santa Fe decreta asueto en la Administración Pública para los días 24 y 31 de diciembre
Es para facilitar la participación en las reuniones de Navidad y Año Nuevo a quienes viven en zonas alejadas de sus familias.




Remitían a los damnificados comprobantes de transferencias bancarias falsos. Así, obtenían consolas de videojuegos y teléfonos inteligentes que, luego, vendían a compradores de buena fe.
Provincial04/08/2023
Daniel Espinoza


El Juzgado de Control y Faltas n.° 10 (Córdoba) condenó por el delito de asociación ilícita a un grupo de personas que estafaron a usuarios que vendían consolas de videojuegos, teléfonos inteligentes, computadoras y televisores a través de plataformas de comercio electrónico en línea, como Market Place, o por medio de redes sociales.
La sentencia, dictada por el juez Juan Manuel Fernández López, detalla que, en primer lugar, los miembros de la organización identificaban productos electrónicos ofrecidos en distintos mercados de comercio electrónico. Luego, se contactaban con los vendedores por medio de nombres falsos o perfiles apócrifos. Negociaban el precio del artículo ofertado y pactaban una reunión para la entrega del artículo, en general, en el domicilio del damnificado. Llegado a este punto, informaban al vendedor que concretarían el pago del monto convenido mediante una transferencia bancaria.
Sin embargo, cuando concurrían a la reunión para retirar los productos remitían a los vendedores, por redes sociales o por WhatsApp, comprobantes de transferencias bancarias falsos, previamente confeccionados por otros miembros de la banda. En estos documentos apócrifos constaba la identificación de la cuenta del vendedor y el monto acordado.

Algunas víctimas directamente les entregaban los productos, en ese momento. Sin embargo, otros chequeaban si la transferencia efectivamente había ingresado en sus cuentas. Como esto no ocurría, porque los comprobantes eran apócrifos, los miembros de la banda les exhibían entonces capturas de pantalla adulteradas de supuestos movimientos bancarios. De esta forma, lograban engañar a otros vendedores y acceder a los productos.
Los artículos electrónicos obtenidos mediante este ardid eran nuevamente introducidos en el circuito comercial por otro de los integrantes de la asociación ilícita, que estaba encargado específicamente de venderlos a compradores de buena fe.
Al final del juicio abreviado inicial, el juez Fernández López condenó a Ricardo Nereo Miranda a cinco años de prisión de cumplimiento efectivo como jefe de la asociación ilícita y coautor de estafas reiteradas. En tanto, impuso al resto de los integrantes de la banda Germán Agustín Ludueña, Agustín Alfonso, Rodrigo Esteban Lezcano, Francisco Agustín Flores, Agustín Matías Camayo, Karen Mayra del Valle Barros, Javier Alejandro Correa Almada, Nicolás Salvador Francisco Cejas Rodríguez, Marcelo Fabián Oresti y Federico Agustín Torres la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional.
En esta causa -inédita por sus características- se logró el acuerdo unánime con 11 imputados, durante la investigación penal preparatoria, para la concreción de un juicio abreviado inicial; procedimiento que descomprime todo el sistema judicial, especialmente, la carga de trabajo de las cámaras del crimen.
Causa: “Alfonso, Agustín y otros p.ss.aa. Asociación ilícita, etc.”.
Fecha: 2 de agosto de 2023.
Resolución: Sentencia n.° 141.

Es para facilitar la participación en las reuniones de Navidad y Año Nuevo a quienes viven en zonas alejadas de sus familias.

Habrá asueto administrativo los días 24 y 31 de diciembre. El receso tendrá lugar entre los días 2 y 30 de enero. En las fechas mencionadas se garantiza la prestación de los servicios esenciales.

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