Procesaron al juez rosarino Gastón Salmain por incumplimiento de los deberes de funcionario público, cohecho pasivo agravado y prevaricato

Le dictaron la prisión preventiva, aunque queda en suspenso por la inmunidad de arresto que goza como magistrado. También le trabaron embargo sobre sus bienes por 200.000 dólares. Para el juez Carlos Vera Barros está acreditado que realizó “un pacto espurio” junto a un financista y a un escribano, durante el cepo cambiario, cuando hizo lugar a un amparo para que una financiera acceda al Mercado Único y Libre de Cambios y pueda girar 10 millones de dólares a cuentas del exterior.

Judiciales29/12/2025Daniel EspinozaDaniel Espinoza
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Gastón Salmain, juez federal de Rosario

El titular del Juzgado Federal N°1 de Rosario, Gastón Salmain, fue procesado por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, cohecho pasivo agravado y prevaricato, en el marco de una causa donde, junto a un financista y a un escribano, está acusado de manipular un expediente judicial para favorecer a un fideicomiso con la salida de 10 millones de dólares a cuentas del exterior, entre septiembre de 2023 y hasta abril 2024. Al magistrado se le dictó la prisión preventiva, que no se efectivizará en virtud de su inmunidad de arresto. Además, a los tres imputados se les impuso un embargo hasta cubrir los 200.000 dólares.

El decisión fue dictada el viernes pasado por el Juzgado Federal N°4 de Rosario, a cargo de Carlos Vera Barros, e incluyó además los procesamientos del financista Fernando Elías Whpei, y del escribano Santiago Busaniche, en el marco una investigación compleja a cargo de los fiscales federales Federico Reynares Solari y Matías Scilabra, del Área de Investigación y Litigio de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario; el titular de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), fiscal general Diego Velasco, y el fiscal Juan Argibay Molina, de la PROCELAC Rosario; el titular de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), el fiscal nacional Sergio Rodríguez, y el auxiliar fiscal de esa misma oficina, Esteban Venditti.

Al resolver la situación procesal, Vera Barros recordó que los acusados ya habían sido indagados (Busaniche y Whpei el 26 y 27 de noviembre, respectivamente, y Salmain el pasado 9 de diciembre) donde se les comunicó formalmente que estaban imputados de conformar una asociación ilícita con permanencia en el tiempo y dedicada a la comisión de distintos delitos en la causa “Attila Fideicomiso SRL y otros sobre infracción al artículo 303”.

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Acuerdo para manipular: “De los hechos expuestos, puede concluirse con el grado de probabilidad que la etapa procesal exige, que Busaniche, Whpei y Salmain -en su carácter de Juez Federal- llegaron a un acuerdo para manipular de manera contraria a derecho un expediente judicial radicado en el Juzgado Federal N°1 de Rosario, en el que se autorizó la salida a cuentas del exterior de diez millones de dólares”, detalló Vera Barros sobre el caso.

Recapituló que la primera de esas transferencias se realizó el 14 de diciembre de 2023 por un monto de 1.128.850 dólares, “a cambio de un retorno del 10% sobre la diferencia generada por la brecha cambiaria, en el mercado de cambios de moneda extranjera, entre el dólar blue y el dólar oficial”, detalló en relación a la cifra pactada para agilizar el trámite judicial.

Al referirse a la calificación legal, el juez recordó la pretensión del MPF para que las conductas se encuadren en los artículos 210 (asociación ilícita), 248 (incumplimiento de los deberes de funcionario público), 257 (cohecho pasivo agravado), y 269 (prevaricato) del Código Penal.

Sin embargo, aclaró que para la configuración del delito de asociación ilícita se exige que el acuerdo que une a las partes se encuentre dirigido a la comisión de múltiples delitos indeterminados. En tal sentido, concluyó que “no se advierte los elementos típicos necesarios para la configuración del delito de asociación ilícita. No se dan la permanencia en el tiempo ni la multiplicidad e indeterminación inicial de delitos que debe regir el acuerdo previo”.

La declaración clave del financista arrepentido: A los fines de determinar el rol de los investigados y su responsabilidad penal, para el magistrado cobró especial relevancia la declaración de Whpei, en los términos de la Ley 27.304 (imputado arrepentido), donde admite las maniobras articuladas con Salmain y Busaniche.

“En razón de los elementos analizados, entiendo que el aspecto subjetivo se encuentra debidamente acreditado, resultando en la celebración de un pacto espurio entre Salmain y Whpei a cambio de un monto dinerario”, concluyó Vera Barros.

En esa oportunidad cuando le preguntaron sobre los detalles de la reunión con Salmain, expresó: “Fui al despacho del juez que está en el primer piso de calle Entre Ríos, un despacho muy elegante, le comenté solamente cuestiones técnicas de la viabilidad del recurso de amparo. Se tomó unos días, me llamó a los días, lo fui a ver y me dijo que era viable. Después me dijo que todos los otros temas los hablara con Santiago”.

“Los contactos eran por WhatsApp, pero yo con Busaniche me juntaba en el Four Seasons, personalmente hablábamos ahí y después en el Florida Garden personalmente”, agregó el arrepentido.

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En otro tramo de esa declaración, y respecto de la materialización del pago, declaró que se hacía “en dólares, en efectivo a Busaniche”. En relación al rol que cumplió esa persona en la negociación, manifestó que "durante mucho tiempo promovió a Salmain como juez. En una oportunidad me pidió si le podía hablar a algún senador nacional amigo nuestro para que le aprobara el pliego”.

Sobre ese aspecto, Vera Barros señala que “la maniobra imputada y descripta por Whpei en su declaración, encuentra respaldo probatorio en las constancias de la investigación, con el dictado de la medida cautelar que beneficiaba a la actora en los términos solicitados en la demanda”.

Contrario a derecho y deliberado: En relación a la conducta de Salmain, su colega concluyó en el procesamiento que, en su carácter de juez federal, “ha incurrido en incumplimiento de los deberes de funcionario público y en la figura del prevaricato, las que concurren idealmente, atento haber dictado resoluciones que resultaron contrarias a la ley -a sabiendas de ello- y con el sólo objetivo de beneficiar a la actora”.

En esa línea argumental, Vera Barros apuntó “que la interposición de la acción de amparo ante el juzgado de Salmain fue concertada previamente con él, a pesar de no ser competente territorialmente como señala posteriormente el Banco Central de la Nación Argentina (BCRA) constituyendo una suerte de Forum Shopping”.

Esa circunstancia quedó acreditada con la propia declaración de incompetencia declarada por Salmain una vez agotado el cumplimiento de la medida cautelar. En el procesamiento se puntualizó que el juez “dictó la medida cautelar sin tener acreditadas las deudas invocadas por la actora -como señaló posteriormente la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario al revocarla-, a lo que se sumó el haber dictado la medida sin la correspondiente contracautela, allanando cualquier escollo para que la actora lograra su objetivo”.

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Además, se advirtió que todas las irregularidades descriptas “fueron puestas en alerta por el BCRA durante la tramitación de la medida cautelar, habiendo sido ignoradas en su totalidad. Entiendo que los motivos contrarios a derecho han sido mínimamente acreditados en esta etapa procesal”, explicó Vera Barros sobre la figura de prevaricato.

“De los hechos expuestos, puede concluirse con el grado de probabilidad que la etapa procesal exige, que Busaniche, Whpei y Salmain -en su carácter de Juez Federal- llegaron a un acuerdo para manipular de manera contraria a derecho un expediente judicial radicado en el Juzgado Federal N°1 de Rosario, en el que se autorizó la salida a cuentas del exterior de diez millones de dólares”, detalló Vera Barros.

En cuanto a la figura prevista en el artículo 257 del Código Penal, la conducta de Salmain quedó subsumida en la de cohecho pasivo agravado -en grado de autor-, en razón de su calidad de magistrado, habiendo pactado el dictado de una resolución cautelar determinada a cambio de un retorno estipulado en dinero.

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Sobre Whpei, se calificó su conducta en la de cohecho activo simple -en calidad de autor-, ya que concertó con Salmain las condiciones técnicas en las que debía resolverse la medida cautelar, y con Busaniche acordó el monto en dinero que debía pagar por ello.

Respecto a este último, para el juez se acreditaron los hechos que permiten calificar su conducta en cohecho pasivo, como partícipe secundario, porque, si bien no cuenta con la especial calidad de magistrado a los fines de encuadrar su conducta como agravada, prestó colaboración con Salmain para llevar a cabo el acuerdo que tenía con Whpei.

Un pacto espurio: “En razón de los elementos analizados, entiendo que el aspecto subjetivo se encuentra debidamente acreditado, resultando en la celebración de un pacto espurio entre Salmain y Whpei a cambio de un monto dinerario”, concluyó Vera Barros.

Al resolver las medidas cautelares, patrimoniales y personales, en relación a Salmain, se ordenó la prisión preventiva y la prohibición de salida del país debido a la pena en expectativa de los delitos atribuidos, la gravedad institucional en razón de tratarse de un magistrado de la justicia federal, la naturaleza de los delitos de corrupción y los compromisos internacionales asumidos por el Estado.

“Ha evidenciado peligrosidad procesal con su voluntad de intervenir en la investigación. La especial naturaleza del delito atribuido, y la forma en que intentó influir en el desarrollo de las medidas probatorias, son aspectos que influyen en la necesidad de dictarla”, argumentó Vera Barros. Sin embargo, aclaró que la prisión preventiva no se efectivizará en virtud de la inmunidad de arresto establecida para los jueces en la Ley 25.320 de fueros, y mientras dure su vigencia en el caso concreto.

Además, el juez ordenó trabar embargo sobre los bienes de Salmain, Whpei y Busaniche hasta cubrir la suma 200.000 dólares a cada uno. En el caso de que no ofrezcan bienes en el plazo de cinco días de notificados, se anotará su inhibición general para disponer de ellos.

Respecto de Whpei y Busaniche, se mantendrá su estado de libertad bajo caución juratoria, con prohibición de salida del país y la obligación de comparecer cada vez que sean citados, comunicar previamente y de manera fehaciente todo cambio de domicilio que realicen, y ausencia de sus domicilios por un plazo mayor a 20 días.

Por Fiscales.gob.ar

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