


El Dr. Rubén Musso logró sustituir la prisión preventiva por medidas alternativas
Daniel Espinoza

En una audiencia celebrada este jueves 7 de mayo en la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) de Rufino, la Justicia dispuso reemplazar la prisión preventiva que pesaba sobre C. B. por una batería de medidas no privativas de la libertad, luego de un planteo formulado por el abogado defensor, Dr. Rubén Musso, y avalado por el Ministerio Público de la Acusación.
La audiencia comenzó a las 9:19 y fue presidida por la jueza Lorena Alicia Garini. Participaron la fiscal adjunta Rafaela Florit, el defensor particular Rubén Marcelo Musso, la abogada de la víctima, además del imputado —conectado vía Zoom desde la Alcaidía de Melincué— y la denunciante, quien intervino desde su domicilio.
Durante su exposición, el Dr. Musso solicitó formalmente una alternativa a la prisión preventiva para su asistido, proponiendo un régimen de libertad sujeto al cumplimiento de estrictas reglas de conducta. El defensor fundamentó su pedido en la posibilidad de garantizar el sometimiento del imputado al proceso penal mediante medidas menos gravosas que el encierro preventivo.

Fuentes judiciales señalaron que la estrategia defensiva estuvo centrada en demostrar arraigo, contención y control externo sobre el imputado, proponiendo además la figura de un garante personal y un domicilio fijo en cercanías de Sancti Spíritu.
El planteo encontró recepción favorable en la Fiscalía. La fiscal Rafaela Florit manifestó expresamente su conformidad con lo propuesto por la defensa y acompañó el esquema de medidas sugerido, sin formular objeciones respecto del compromiso asumido por el garante de conducta.
Tras escuchar a las partes, la magistrada resolvió hacer lugar al acuerdo alcanzado y ordenó una medida no privativa de la libertad para Borkowski, imponiendo una serie de condiciones estrictas.
Entre ellas, se dispuso que el imputado deberá fijar domicilio en cercanías de Sancti Spíritu, bajo tutela; presentarse cada quince días ante la Comisaría Tercera de Rufino; abstenerse de consumir estupefacientes o abusar de bebidas alcohólicas; no portar armas; y mantener una prohibición absoluta de contacto y acercamiento respecto de la víctima y su entorno familiar.
Asimismo, el tribunal ordenó la prohibición de ingreso a la localidad de Sancti Spíritu y la realización de un tratamiento psicológico con perspectiva de género, sujeto a evaluación profesional previa.
La resolución quedó formalmente notificada a todas las partes al cierre de la audiencia.
En ámbitos judiciales locales, la audiencia fue interpretada como un caso donde la negociación técnica entre defensa y Fiscalía permitió alcanzar una salida consensuada, evitando la continuidad de la prisión preventiva y privilegiando mecanismos de control alternativos previstos en el Código Procesal Penal santafesino. Particularmente, se destacó el rol del Dr. Rubén Musso en la articulación de una propuesta que logró consenso entre las partes y obtuvo homologación judicial.


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