
El comunicado oficial de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) advierte su adhesión a la movilización convocada por la CGT para el 18 de diciembre.




Durante el año 1956, la dictadura de Pedro Eugenio Aramburu emite el Decreto Ley 4161, en el que se prohíbe todo tipo de expresión simbólica referente al peronismo. Permaneció vigente por ocho años (hasta noviembre de 1964).
Nacional05/03/2024
Daniel Espinoza


Boletín Oficial, 9 de marzo de 1956. Visto el decreto 3855/55 (6) por el cual se disuelve el Partido Peronista en sus dos ramas en virtud de su desempeño y su vocación liberticida, y Considerando: Que en su existencia política el Partido Peronista, actuando como instrumento del régimen depuesto, se valió de una intensa propaganda destinada a engañar la conciencia ciudadana para lo cual creo imágenes, símbolos, signos y expresiones significativas, doctrinas, artículos y obras artísticas:
Que dichos objetos, que tuvieron por fin la difusión de una doctrina y una posición política que ofende el sentimiento democrático del pueblo Argentino, constituyen para éste una afrenta que es imprescindible borrar, porque recuerdan una época de escarnio y de dolor para la población del país y su utilización es motivo de perturbación de la paz interna de la Nación y una rémora para al consolidación de la armonía entre los Argentinos.
Que en le campo internacional, también afecta el prestigio de nuestro país porque esas doctrinas y denominaciones simbólicas, adoptadas por el régimen depuesto tuvieron el triste mérito de convertirse en sinónimo de las doctrinas y denominaciones similares utilizadas por grandes dictaduras de este siglo que el régimen depuesto consiguió parangonar.
Que tales fundamentos hacen indispensable la radical supresión de esos instrumentos o de otros análogos, y esas mismas razones imponen también la prohibición de su uso al ámbito de las marcas y denominaciones comerciales, donde también fueron registradas con fines publicitarios y donde su conservación no se justifica, atento al amplio campo que la fantasía brinda para la elección de insignias mercantiles.

Por ello, el presidente provisional de la Nación Argentina, en ejercicio del Poder Legislativo, decreta con fuerza de ley
Art. 1º: “Queda prohibida en todo el territorio de la Nación:
a) La utilización, con fines de afirmación ideológica peronista, efectuada públicamente, o propaganda peronista, por cualquier persona, ya se trate de individuos aislados o grupos de individuos, asociaciones, sindicatos, partidos políticos, sociedades, personas jurídicas públicas o privadas de las imágenes, símbolos, signos, expresiones significativas, doctrinas artículos y obras artísticas, que pretendan tal carácter o pudieran ser tenidas por alguien como tales pertenecientes o empleados por los individuos representativos u organismos del peronismo.
Se considerará especialmente violatoria de esta disposición la utilización de la fotografía retrato o escultura de los funcionarios peronistas o sus parientes, el escudo y la bandera peronista, el nombre propio del presidente depuesto el de sus parientes, las expresiones «peronismo», «peronista», » justicialismo», «justicialista», «tercera posición», la abreviatura PP, las fechas exaltadas por el régimen depuesto, las composiciones musicales «Marcha de los Muchachos Peronista» y «Evita Capitana» o fragmentos de las mismas, y los discursos del presidente depuesto o su esposa o fragmentos de los mismos.
b) La utilización, por las personas y con los fines establecidos en el inciso anterior, de las imágenes, símbolos, signos, expresiones significativas, doctrina artículos y obras artísticas que pretendan tal carácter o pudieran ser tenidas por alguien como tales creados o por crearse, que de alguna manera cupieran ser referidos a los individuos representativos, organismos o ideología del peronismo.
c) La reproducción por las personas y con los fines establecidos en el inciso a), mediante cualquier procedimiento, de las imágenes símbolos y demás, objetos señalados en los dos incisos anteriores.
Art. 2 º: Las disposiciones del presente decreto-ley se declaran de orden público y en consecuencia no podrá alegrarse contra ellas la existencia de derechos adquiridos. Caducan las marcas de industria, comercio y agricultura y las denominaciones comerciales o anexas, que consistan en las imágenes, símbolos y demás objetos señalados en los incisos a) y b) del art. 1º.
Los ministerios respectivos dispondrán las medidas conducentes a la cancelación de tales registros.
Art. 3 º: El que infrinja el presente decreto-ley será penado:
a) Con prisión de treinta días a seis años y multa de m$n: 500 a m$n. 1.000.000;
b) Además, con inhabilitación absoluta por doble tiempo del de la condena para desempeñarse como funcionario público o dirigente político o gremial;
c) Además, con clausura por quince días, y en caso de reincidencia, clausura definitiva cuando se trate de empresas comerciales.
Cuando la infracción sea imputable a una persona colectiva, la condena podrá llevar como pena accesoria la disolución.
Art. 4º: Las sanciones del presente decreto-ley será refrendado por el Excmo. Señor vicepresidente provisional de la Nación y por todos los señores ministros secretarios de Estado en acuerdo general.
Art. 5º: Comuníquese, dése a la Dirección General del Registro Nacional y archívese
Aramburu – Rojas – Busso – Podestá Costa – Landaburu – Migone. – Dell´Oro Maini – Martínez – Ygartúa – Mendiondo – Bonnet – Blanco – Mercier – Alsogaray – Llamazares – Alizón García – Ossorio Arana – Hartung – Krause.
Fuente: www.elhistoriador.com.ar

El comunicado oficial de la Unión Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE) advierte su adhesión a la movilización convocada por la CGT para el 18 de diciembre.

Realizará nuevos remates con el objetivo de generar más recursos para el Estado y potenciar la cercanía con el contribuyente

“Los mandatarios provinciales se están pegando un tiro en el pie. La reforma laboral y el presupuesto terminarán de aniquilar a las provincias”, señaló el dirigente estatal.

El decreto, firmado por el presidente de la Nación Javier Milei, establece que los trabajadores estatales no deberán concurrir a sus lugares de trabajo en las vísperas de Navidad y Año Nuevo. Las áreas como salud, seguridad y atención ciudadana deberán mantener dotaciones mínimas operativas.

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Luego de la detección de Listeria monocytogenes en un producto lácteo en un establecimiento bonaerense, ANMAT recomienda tomar las precauciones necesarias.

El procedimiento se realizó en el centro de la ciudad. Por disposición del MPA se secuestró material importante de interés para la causa que investiga maniobras de defraudación vinculadas al mercado de valores.

Un día como hoy, pero de 1965., la Argentina obtiene un triunfo diplomático sin antecedentes en el litigio por las islas Malvinas. La Asamblea General de la ONU reconoce, a través de la Resolución 2065, que hay una disputa por la soberanía del archipiélago e insta a Gran Bretaña a discutir el tema con el gobierno argentino que entonces encabeza Arturo Illia. 94 países votan a favor de la resolución y hay 14 abstenciones. Entre ellas, la de la propia Gran Bretaña.

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Así fue dispuesto a pedido de la fiscal Rafaela Florit en una audiencia desarrollada en los tribunales rufinenses. El imputado tiene 55 años y sus iniciales son GAS. Los abusos fueron cometidos entre febrero de 2023 y septiembre de 2024.







