AFIP modificó el régimen de percepción para operaciones en moneda extranjera

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó el régimen de percepción que se aplica sobre las operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el Impuesto País

Nacional 23 de noviembre de 2023 Daniel Espinoza Daniel Espinoza
dolar
Imagen de archivo

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) modificó el régimen de percepción que se aplica sobre las operaciones en moneda extranjera alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)”.

En lo que respecta a la determinación del importe a percibir, la Resolución General N° 5450, publicada hoy en el Boletín Oficial, establece que se practicará una percepción de 100% y otra de 25% a las siguientes operaciones:

Compra de billetes y divisas en moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico.

Pago de bienes o servicios en el exterior que se cancelen con tarjetas de crédito, de compra, débito o cualquier otro medio de pago equivalente, incluidas las extracciones o adelantos en efectivo que se hagan en el exterior.

Pago de servicios prestados por sujetos no residentes en el país que se cancelen con tarjetas de crédito, de compra, débito o cualquier otro medio de pago equivalente (incluidos servicios de streaming)

Pago de servicios en el exterior contratados a través de agencias de viajes y turismo del país.

afip 1

Pago de servicios de transporte de pasajeros con destino fuera del país, excepto aquellas operaciones que se contraten en el país de servicios de transporte terrestre de pasajeros con destino a países limítrofes.

Compra de moneda extranjera para pagar obligaciones de importación de mercadería incluida en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR que se indican en el Anexo I del Decreto 99/2019.

Las percepciones practicadas a la tasa del 100% se considerarán, según la condición tributaria del sujeto pasible, pagos a cuenta de los tributos que, para cada caso, se indican a continuación:

a) Monotributistas que no resultan responsables del Impuesto a las Ganancias: Impuesto sobre los Bienes Personales.

En este caso, deberán informar tal situación al agente de percepción en forma previa a la oportunidad en que deben practicarse.

b) Demás sujetos: Impuesto a las Ganancias.

monotributo afip

Las percepciones practicadas a la tasa del 25% se considerarán, según la condición tributaria del sujeto pasible, pagos a cuenta de:

a) Personas humanas y sucesiones indivisas: Impuesto sobre los Bienes Personales. En caso de tratarse de sujetos que no sean contribuyentes de dicho impuesto, podrán solicitar su devolución.

b) Demás sujetos: Impuesto a las Ganancias.

Cómputo: Las percepciones practicadas tendrán, para los sujetos pasibles, el carácter de impuesto ingresado y serán computables, según sea el caso, en las declaraciones juradas anuales del Impuesto a las Ganancias o del Impuesto sobre los Bienes Personales, correspondientes al primer período fiscal posterior a aquel en el cual se practicaron las mismas.

El ingreso y la información de las percepciones se efectúa mediante el Sistema de Control de Retenciones (SICORE), utilizando el código correspondiente a cada régimen.

Estas disposiciones tienen vigencia desde la publicación de la Resolución General N° 5450 en el Boletín Oficial y resultarán de aplicación para las operaciones efectuadas desde dicha fecha de vigencia.


Más información: www.afip.gob.ar/regimen-devolucion-percepcione

Te puede interesar
junta sen

Se anulan el Punto Final y la Obediencia Debida

Daniel Espinoza
Nacional 21 de agosto de 2024

Un día como hoy, pero de 2003, el Senado aprueba la anulación de las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, aprobadas después del juicio a las Juntas, durante el gobierno de Raúl Alfonsín, en 1986 y 1987, respectivamente, y que imposibilitaron el juzgamiento del aparato represivo del terrorismo de Estado, a excepción del robo de bebés. La nulidad reabre la etapa de los juicios por violaciones a los derechos humanos cometidas durante la última dictadura militar. Dos años después, la Corte Suprema convalida la nulidad de las leyes al declararlas inconstitucionales.

Pobreza

Preocupante informe de la UCA sobre el crecimiento de la pobreza

Daniel Espinoza
Nacional 05 de agosto de 2024

Las medidas del gobierno de Javier Milei, generaron una recesión que viene golpeando con fuerza a los sectores más postergados, al punto tal que más de la mitad de la población es pobre, mientras que más del 20%, indigente, de acuerdo con los datos difundidos por el Observatorio de la Deuda Social Argentina (ODSA) dirigido por la Universidad Católica Argentina (UCA).

449329729_489656777052295_289015964101110003_n

Lo más visto
licencias

Córdoba informa sobre la no vigencia de algunas licencias de conducir otorgadas por comunas y municipios no adheridas al RePAT

Daniel Espinoza
Provincial El miércoles

La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito de la provincia emitió un comunicado en el que advierte sobre la no vigencia de las licencias de conducir otorgadas posteriormente al 20 de julio de 2023, emitidas por municipios y comunas no adheridas al Registro Provincial de Antecedentes de Tránsito (RePAT) ni al Registro Nacional de Antecedentes de Tránsito (ReNAT).

WhatsApp-Image-2024-09-05-at-15.35.37

El gobierno de Córdoba financiará obras en La Cesira, Rosales y otras localidades de Departamentos ubicados en el sur provincial

Daniel Espinoza
Política El jueves

El ministro Manuel Calvo firmó convenios para otorgar recursos a más de 20 localidades. Pertenecen a los departamentos Río Cuarto, Juárez Celman y Roque Sáenz Peña (La Cesira, Guillermo Legorburu; Melo, Carolina Ayraudo; Rosales, Ariel Panichelli; Villa Rossi, Elvio Benítez; San Joaquín, Daniel Picco; Riobamba, Beatriz Gutiérrez). Los aportes permitirán ejecutar trabajos de infraestructura claves.