
“Esperar hasta el 10 de diciembre es suicida. Si nos quedamos quietos y no rechazamos en las calles esta reforma laboral regresiva, nos aplastan”, indicó Rodolfo Aguiar.




El Poder Ejecutivo Nacional realizó adecuaciones sobre los cambios que la Ley N° 27.743 de Medidas Fiscales, Paliativas y Relevantes introdujo en el monotributo.
Nacional25/07/2024
Daniel Espinoza


La AFIP actualizará semestralmente los parámetros de facturación, en los meses de enero y julio de cada año, considerando, en cada caso, la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el INDEC, correspondiente al semestre calendario completo que finalice el mes inmediato anterior al de la actualización que se realice.
Los montos actualizados surtirán efectos desde el primer día del primer mes inmediato siguiente a aquel en que se efectúe la actualización.
Recategorización: Para cada recategorización deberán considerarse los nuevos valores de los parámetros de ingresos brutos y alquileres devengados que surjan de la actualización que se efectúe en el mes de enero o julio inmediato siguiente a la finalización del semestre calendario respectivo, según corresponda.
Unidad de explotación: La normativa aclara que ahora deberá entenderse por “unidad de explotación”, a cada espacio físico (local, establecimiento, oficina, etcétera) donde se desarrolle la actividad y cada rodado, cuando este último constituya la actividad por la cual se solicita la adhesión al Régimen (taxímetros, remises, transporte, etcétera) o cada condominio de cosas muebles en locación.

Se considera que constituyen una sola unidad de explotación todos los bienes inmuebles que mantenga en locación el pequeño contribuyente y todos los condominios de bienes inmuebles en locación comprendidos, en todos los casos, cualquiera sea su destino y siempre que la locación se respalde mediante contratos debidamente registrados.
Respecto de los inmuebles para los que, siendo obligatorio el registro del contrato no se verifique esta condición, se entenderá por unidad de explotación cada inmueble en alquiler o cada condominio, según el caso.
Beneficios para locadores de inmuebles: Quienes adhieran al monotributo exclusivamente en su condición de locadores de bienes inmuebles -cualquiera sea su destino- estarán exentos de ingresar el impuesto integrado, siempre que la cantidad de inmuebles que mantengan en locación -incluyendo los que integren condominios por los que se haya adherido en forma individual- no exceda de 2 y se trate de contratos debidamente registrados, en caso de corresponder. La obtención de ingresos no computables como ingresos brutos a los fines del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes no impedirá el goce de la mencionada exención.
Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social: Los pequeños contribuyentes inscriptos en el registro, siempre que no superen la suma máxima de ingresos brutos para la categoría A, se encontrarán exentos del ingreso del impuesto integrado y del aporte previsional mensual; debiendo ingresar el 50% de la cotización de obra social (por el titular y los adherentes, si los tuviera).
Reingreso al Régimen simplificado: Quienes hubiesen sido excluidos del monotributo o que hayan renunciado con el fin de solicitar el alta en el Régimen General, en ambos casos, con efectos a partir del 1° de enero de 2024 y hasta el 31 de julio de 2024, podrán optar por adherirse nuevamente al monotributo.

Lo mismo será aplicable para los trabajadores independientes inscriptos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente que hubiesen excedido, entre las fechas indicadas, los límites fijados pero no hayan superado los nuevos valores establecidos para tales límites y reúnan las restantes condiciones para la adhesión al aludido Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.
Los sujetos a los que les hubiere sido aplicable el límite máximo de la categoría H, en el período comprendido entre el 1° de enero de 2024 y el 31 de julio de 2024, y hubieran superado el monto máximo de ingresos brutos correspondiente a esa categoría, tendrán por cumplidas sus obligaciones en el Régimen Simplificado, en tanto hubieren ingresado los importes correspondientes a la categoría H, vigentes en ese período y siempre que sus ingresos no hubieran excedido el límite máximo correspondiente a la categoría K.
Vigencia: Estas disposiciones se encuentran vigentes a partir de la publicación del Decreto 661/2024 en el Boletín Oficial.

“Esperar hasta el 10 de diciembre es suicida. Si nos quedamos quietos y no rechazamos en las calles esta reforma laboral regresiva, nos aplastan”, indicó Rodolfo Aguiar.

Los aumentos fueron establecidos por la Secretaría de Energía y son para los biocombustibles que se utilizan para “cortar” la nafta y el gasoil en Argentina.

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Durante el encuentro de hoy, que estuvo presidido por el diputado nacional Maximiliano Ferraro (Coalición Cívica), y fue la última de todas las reuniones del caso, se avaló con trece votos afirmativos la incorporación al expediente de nuevas pruebas a solicitud de los legisladores.

Un informe de la Bolsa de Cereales de Entre Ríos revela un fuerte deterioro interanual en la relación insumo-producto para trigo, maíz y, especialmente, arroz. Influyen los menores precios de los granos y el repunte internacional del valor de la urea.

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Un día como hoy, pero de 1919, en Kuriá, en el corazón de Siberia, nace Mijaíl Kalashnikov, el ingeniero militar soviético famoso por ser el diseñador del fusil de asalto AK-47, que llegó a ser el arma más producida en el mundo, con 80 millones de unidades. Creado en 1947, la URSS incorporó el AK-47 como su arma oficial hasta 1978. Llegó a estar en una bandera nacional: la de Mozambique, que incluye su silueta. Kalashnikov murió en 2013.

El proyecto, producto de un convenio entre el CONICET y la empresa EMTECH S.A., apunta a generar soluciones tecnológicas a problemáticas de seguridad, productivas y ambientales, a partir de la clasificación de sonidos en simultáneo, mediante técnicas de Machine Learning.

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El reporte climático de Sucesos indica para mañana, martes 11 de noviembre, una jornada con cielo despejado durante las primeras horas, luego, comenzará a desmejorar, estableciendo un 80% de probabilidad de lluvia y tormenta para las primeras horas de la tarde.







