Imputaron en Rosario por múltiples delitos funcionales al juez Marcelo Bailaque

Al funcionario judicial le dictaron la prisión preventiva y le inhibieron bienes por $1.500 millones. En tres legajos penales está señalado por conductas contrarias a derecho en causas que tramitó en su juzgado. Si bien le impusieron 90 días de prisión preventiva, tiene inmunidad de arresto por su condición de magistrado. Esa medida queda en suspenso hasta que se defina en el jury de enjuiciamiento un eventual desafuero.

Judiciales05/05/2025Daniel EspinozaDaniel Espinoza
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Tribunales Federales de Rosario

En una audiencia oral y pública celebrada hoy en los Tribunales Federales de Rosario, el juez federal Marcelo Bailaque quedó imputado como autor de los delitos de extorsión, concusión, prevaricato, abuso de autoridad e incumplimiento de deberes de funcionario público, falsedad ideológica de documento público y allanamiento ilegal; se le impuso prisión preventiva por 90 días (queda en suspenso por su calidad de juez y hasta el jury de enjuciamiento) y se ordenó la inhibición de sus bienes muebles e inmuebles por 1.500 millones de pesos. La resolución se tomó en el marco de tres legajos penales donde se lo investiga por conductas contrarias a derecho como titular del Juzgado Federal N°4 de esa ciudad.

El juez de Garantías Eduardo Rodrígues Da Cruz hizo lugar a las imputaciones que expusieron, conjuntamente, el titular de la delegación regional de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), Juan Argibay Molina; el fiscal a cargo de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR) región NEA, Matías Scilabra; y el fiscal federal de la oficina de Litigio Oral Estratégico del Área de Investigación y Litigios de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario, Federico Reynares Solari.

De la audiencia también participaron a través de la plataforma Zoom, el fiscal general interino con funciones de coordinación del Distrito Rosario, Javier Matías Arzubi Calvo; los titulares de la PROCUNAR, Diego Iglesias; de la PROCELAC, Diego Velasco; y de la Procuraduría de Investigaciones Administrativas (PIA), Sergio Rodríguez.

juMarcelo Bailaque, imputado.

Tras la apertura, el juez cedió la palabra al fiscal Scilabra, quien brindó detalles de la carpeta judicial N°9010/2024 donde se cuestiona a Bailaque por su rol en la tramitación de una causa por tráfico de estupefacientes contra el condenado narcotraficante Esteban Lindor Alvarado, que tramitaba desde 2013.

En ese caso, se detalló evidencia y constancias sobre la cronología de las omisiones del magistrado, lo cual demoró el tratamiento de la causa. Entre ellas, rechazar intervenciones telefónicas sobre los investigados, medidas previas sobre la inhibición de sus bienes, rechazar la acumulación de una causa por asociación ilícita que tramitó una fiscalía provincial. En este legajo, Scilabra lo imputó como autor de los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de persecución y prevaricato, en concurso ideal.

Según expuso el representante del Ministerio Público Fiscal, el funcionario judicial tenía como asesor contable personal a Gabriel M., que a su vez prestaba asesoría al entramado de empresas vinculadas Alvarado y a su exmujer, Rosa Capuano, con quien el contador mantuvo contactos hasta septiembre de 2014.

Scilabra recordó que, de acuerdo a manifestaciones de los fiscales provinciales que impulsaban las investigaciones contra Alvarado, “el juez estuvo once meses sin despachar medidas”, lo cual obedeció a la connivencia con el contador y Alvarado. “Esas omisiones, dilaciones y rechazos impidieron conocer la estructura criminal de la organización” que comandaba Alvarado, expuso el fiscal de la PROCUNAR.

Cabe recordar que a fines de 2024 se imputó en una audiencia multipropósito por lavado de activos a los contadores públicos Eduardo S. y Gabriel M. por su participación como profesionales “a sabiendas de la actividad ilícita y la circulación de activos”, al firmar balances y permitir sobrefacturación del entramado de las empresas Toia, Edra, Logística Santino, y Sagrado Corazón de María, vinculadas a Alvarado, condenado por lavado de activos, narcotráfico, homicidio y asociación ilícita.

Por su parte, Iglesias recalcó que, a partir de la declaración en el Consejo de la Magistratura de un secretario del Juzgado Federal N°4, se determinó que Bailaque era el único que tenía conocimiento de los pormenores de los dos expedientes bajo su órbita, uno donde se investigaba a Alvarado por tráfico ilícito de drogas y delitos conexos, y otro por lavado de activos.

“Ambos expedientes son elementos de prueba. Allí están plasmadas las tareas de investigaciones con elementos de sospecha para disponer las intervenciones telefónicas que se solicitaron. Y ahí están las resoluciones y decisiones del juez que son infundadas”, recordó Iglesias.

Nexo para extorsionar: En la segunda causa, tramitada por PROCELAC como la carpeta judicial N°15287/2024, se investigan situaciones que derivaron en la posible comisión de los delitos funcionales, donde Bailaque fue imputado como autor de extorsión, concusión, prevaricato, abuso de autoridad, incumplimiento de deberes de funcionario público, falsedad ideológica de documento público y allanamiento ilegal.

En ese tramo de la audiencia, el fiscal Argibay Molina le imputó al juez “haber realizado de manera coordinada con el empresario Fernando W. y con el extitular en Santa Fe de la ex Administración Federal de Ingresos Público (AFIP,  hoy ARCA), Carlos V., desde 2019 y hasta por lo menos noviembre de 2024, unas serie de actos que implicaron la utilización de las facultades de la exAFIP y del Poder Judicial de la Nación paras iniciar, tramitar o direccionar actuaciones, tanto administrativas como judiciales contra los señores Claudio I. y Jorge O. con el objetivo de dañar su reputación, ejercer presión sobre ellos y exigir dinero a cambio de influir en el desarrollo del trámite administrativo y del proceso judicial”.

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El imputado juez Marcelo Bailaque (de espaldas y saco azul) en la sala de audiencias de los tribunales federales de Rosario. Foto: C. González/MPF

Según esa teoría del caso, “en el marco de una relación de confianza y del trato social habitual, Bailaque, Carlos V. y Fernando W. orquestaron una causa penal contra I. y O. para dañar su imagen y de esa manera perturbar el ejercicio de cargos directivos en diferentes empresas del grupo San Cristobal. La estrategia consistía en fingir la recepción de una denuncia anónima ante la ex Afip para que fuera judicializada rápidamente en el juzgado federal de Bailaque”.

Para graficar esos vínculos, Argibay Molina pidió reproducir varios videos de las declaraciones judiciales donde tanto las víctimas de la extorsión, como Carlos V. -quien declaró como arrepentido- y otros dos testigos, dieron detalles de las reuniones y encuentros que mantuvieron con el empresario Fernando W., sospechado de tener conexiones con el juez, quien exigió 160.000 dólares a cambio de favorecerlos en la causa penal en su contra.

El fiscal de PROCELAC mencionó que uno de los damnificados narró las entregas parciales de dinero que hizo en persona en las oficinas que el empresario mencionado tiene en el microcentro de Rosario. Según la acusación, las tareas que desplegó el juez se remontan a una causa donde I. y O habían sido denunciadas por lavado de activos y evasión impositiva a partir de una denuncia anónima falsa que ingresó a la exAFIP el 14 de agosto de 2019.

Fondos de la cooperativa: Finalmente, el fiscal Reynares Solari expuso sobre la carpeta judicial N°15682/2024, donde Bailaque fue imputado también por dictar resoluciones contrarias a derecho, lo cual configuró los presuntos delitos de incumplimiento de deberes de funcionario y prevaricato, para favorecer al empresario Fernando W., quien también aparece citado en la causa descripta anteriormente.

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La investigación está relacionada a la actuación del juez en la causa judicial donde se intervinieron fondos por mil millones de pesos de las Cooperativas de Trabajos Portuarios Limitada de las ciudades de Puerto General San Martin y San Lorenzo, provincia de Santa Fe, en favor de una financiera cuyo titular es Fernando W., amigo personal del juez, según los elementos citados en la audiencia.

El fiscal hizo un recorrido histórico y recordó que Bailaque firmó un decreto el 10 de septiembre de 2020 donde le hace saber a las partes la radicación de la causa en su juzgado. El mismo día, dispuso el desbloqueo de los plazos fijos que se registraban en las entidades bancarias pertenecientes a la Cooperativa de Trabajadores Portuarios.

A su vez, el 11 de febrero del 2021 mantuvo la intervención de la cooperativa, y rechazó el pedido de constitución como querellantes de sus asociados (los trabajadores), y menciona que no se encuentra afectado en cuanto a la imparcialidad para intervenir en la causa. A los pocos días, firmó un decreto por el cual rechaza el planteo de revocatoria presentado por los asociados quienes solicitaron se revoque la resolución por la cual se prorrogó la intervención.

Reynares Solari recordó que los recusantes sostenían que Fernando W. contactó a los asociados de la cooperativa para destrabar el conflicto de la intervención, informando que tenía una muy buena relación con Bailaque. A raíz ello, comenzaron las maniobras para captar los fondos de la cooperativa.

En ese marco, el interventor solicitó al juzgado que se liberen los fondos inmovilizados de la cooperativa. Ya en diciembre de 2020, Bailaque dispuso la autorización para liberar, primero 150 millones de pesos y luego, en abril de 2021, otros mil millones, a los fines de operar financieramente con el Grupo Unión SA y con la Mutual de Jubilados, Retirados y Pensionados Provinciales, cuyo referente es Fernando W.

Rodríguez cuantificó en más de 1.400 millones de pesos el posible monto de beneficio ilícito obtenido, perjuicio generado en los diferentes casos, multas y costas judiciales.

}Finalmente, y al analizar los resultados de la decisión financiera de liberar los fondos de la cooperativa para que se depositen en la mutual Grupo Unión SA, el fiscal se refirió a “un desvío de poder” y afirmó: “Que no haya habido un perjuicio para la cooperativa, no quiere decir que no hubiera un beneficio para la mutual”.

Las medidas cautelares planteadas por el MPF: Tras la exposición de los tres legajos penales, el juez dio por formalizada la imputación para Bailaque en cada uno de ellos. Por su parte, los fiscales Sergio Rodríguez, de la PIA, y Diego Velasco, de PROCELAC, solicitaron medidas cautelares patrimoniales y personales, ante la gravedad de los hechos expuestos y la verosimilitud de la hipótesis delictiva desarrollada.

Rodríguez cuantificó en más de 1.400 millones de pesos el posible monto de beneficio ilícito obtenido, perjuicio generado en los diferentes casos, multas y costas judiciales. Por este motivo, solicitó para su aseguramiento el embargo preventivo de cinco inmuebles, una camioneta y una embarcación. Además, requirió la inmovilización de cuatro cuentas bancarias de Bailaque, excluyendo la cuenta sueldo. Por último y en forma subsidiaria, solicitó la inhibición general de bienes para el imputado Bailaque.

A su turno, y tras advertir que se trata de un caso de corrupción grave, la posibilidad de la participación del imputado en los hechos con un pronóstico de pena mínima de cinco años, la posibilidad de entorpecimiento probatorio o peligro de fuga mientras se sustancia la investigación, Velasco solicitó que se dicte la prisión preventiva de Bailaque por seis meses.

Pero como esa medida no se puede hacer efectiva porque tiene inmunidad de arresto -hasta que el Consejo de la Magistratura avance con el juicio político y un posible desafuero-, solicitó que se le retire el pasaporte y se le prohíba salir del país.

Tras un cuarto intermedio, el juez le cedió la palabra a Bailaque, quien formuló su defensa, pero no aceptó la formulación de preguntas por parte de fiscalía. Rechazó las acusaciones, admitió su vínculo personal con el contador M., y negó alguna relación con Alvarado. “No me pueden asociar con el mundo narco”, enfatizó.

La resolución: El juez Rodrígues Da Cruz dispuso un cuarto intermedio de una hora, y pasadas las 19 comunicó su resolución. En sintonía con lo planteado por los miembros del MPF, dio por formalizadas las imputaciones al juez Bailaque, le dictó la prisión preventiva por 90 días (queda en suspenso por el proceso de desafuero), ordenó trabar embargo sobre los bienes muebles e inmuebles enumerados por los fiscales, y dispuso la inhibición general por 1.500 millones de pesos.

Por último, también la inmovilización de las cajas de ahorro en pesos y en dólares del imputado citadas en la audiencia, a excepción de la denominada cuenta sueldo y las tarjetas asociadas.

Por Fiscales.gob.ar

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