Escala salarial para el personal de casas particulares

Sucesos te informa sobre el importe a pagar por hora y/o por mes correspondientes al mes de octubre con actualización salarial para el personal de casas particulares, además, te brinda detalles del pago, cómo y donde debe efectuarse.

Nacional11/10/2023Daniel EspinozaDaniel Espinoza
pesos argentinos
Pesos argentinos (imagen de archivo web)

A continuación, sucesos te brinda información referida a la escala salarial y la manera de pago del salario para el personal de casas particulares, el mismo cuento con actualización salarial correspondiente al mes de octubre:

escala salarial casas part oct

Lugar, plazo y oportunidad de pago de las remuneraciones:

El pago de las remuneraciones deberá realizarse en días hábiles, en el lugar de trabajo y durante las horas de prestación de servicios. Deberá efectuarse en dinero en efectivo y, si esto no es posible por alguna disposición legal contraria, el pago se realizará mediante cheque a la orden de la trabajadora o trabajador y/o por depósito bancario sin costo alguno para el personal.

Se debe abonar teniendo en cuenta los siguientes plazos:

Para el personal mensualizado: dentro del cuarto día hábil del vencimiento de cada mes calendario.
Para el personal remunerado a jornal o por hora: al finalizar cada jornada o cada semana según fuera convenido.
Horas extra

Se deberá abonar al personal que prestare servicios en horas extras:

Un recargo del 50% calculado sobre el salario habitual si se tratare de días comunes.
Un recargo del 100% calculado sobre el salario habitual en días sábados después de las trece horas, en días domingo y feriados.
Antigüedad

Se deberá abonar un adicional del 1% por año en los salarios mensuales de la trabajadora o trabajador, indistintamente de la categoría o tipo de relación laboral de la que se trate. El concepto estará incluido en los recibos como un nuevo ítem para facilitar su identificación.

El cálculo se realiza considerando un 1% por cada año trabajado, que deberá agregarse en cada recibo mensual. La antigüedad se considera desde el 1° de septiembre de 2020, es decir, tomando como 1 año completo al 1° de septiembre de 2021.

El sistema emitirá el recibo final con todos los conceptos declarados.

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