Diputados convirtió en Ley la implementación de la "Boleta Única de Papel"

La Cámara de Diputados aprobó hoy, con 143 votos afirmativos, 87 negativos y 5 abstenciones, las modificaciones introducidas por el Senado de la Nación al proyecto de ley por el cual se modifica el Código Electoral Nacional - Ley 19.945- sobre Boleta Única de Papel (BUP) para emisión del sufragio.

Nacional01/10/2024Daniel EspinozaDaniel Espinoza
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Honorable Cámara de Diputados de la Nación

La Cámara de Diputados aprobó con 143 votos afirmativos, 87 negativos y 5 abstenciones, las modificaciones introducidas por el Senado de la Nación al proyecto de ley por el cual se modifica el Código Electoral Nacional - Ley 19.945- sobre Boleta Única de Papel (BUP) para emisión del sufragio. 

La modificación de la Cámara Alta que, obtuvo respaldo en un plenario de Comisiones de Diputados establece un cambio de plazos en las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias (PASO) que se adelantarán del segundo al primer domingo de agosto; pasarán de 50 a 60 días el plazo para el registro de la lista de candidatos proclamados; de 40 a 45 días para exhibir el diseño de la Boleta única; y la campaña electoral comenzará 60 días antes de las elecciones. 

De esta manera, se establece el modelo de la provincia de Mendoza, en el cual la boleta estará dividida en filas horizontales para cada cargo electivo y en columnas verticales para cada agrupación política, y la eliminación del casillero con la opción lista completa, entre otras modificaciones.

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El miembro informante, diputado Nicolás Mayoraz, (LLA), presidente de la Comisión de Asuntos Constitucionales, indicó que “hoy es un gran día para la democracia” y que esta “Ley va a permitir terminar con una práctica corrupta”, por ejemplo -puntualizó- “como es el caso del robo de boletas”.

En la misma línea, el presidente del bloque de LLA, diputado Gabriel Bornoroni, (LLA), remarcó la importancia del BUP, al señalar que “todos vamos a poder competir en igualdad de condiciones”.

En tanto, el diputado Carlos Castagneto, (UxP) cuestionó que “no hay una argumentación sólida de por qué se quiere cambiar este sistema electoral que lleva 40 años y que en ningún momento hubo denuncias de fraude”, al tiempo que consideró: “Es importante mantener los partidos políticos”.

Por su parte, su par Silvia Lospennato, (PRO) se refirió a “los tres grandes beneficios de la BUP” y en ese sentido, enumeró: “Asegura la libertad de los electores, la igualdad de los partidos políticos y mejora la integridad del sistema político argentino”

Desde la UCR, el diputado Martín Arjol, sostuvo que “este sistema nos va a traer una simplificación del proceso electoral, mayor transparencia y nos va a permitir la unificación de la boleta en una única boleta”. “Además, la BUP va a producir un ahorro en los costos de los procesos electorales”, explicó.

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“Es un sistema más transparente, que permite una mayor autonomía de los votantes, una igualdad de representación de los partidos políticos y mejora la democracia”, expuso Mónica Fein, de Encuentro Federal. Desde el mismo bloque, Margarita Stolbizer, manifestó que “el sistema electoral debe garantizar igualdad de oportunidades para los candidatos, los partidos políticos y, fundamentalmente, al elector, que tiene que tener la libertad de elegir, pero sobre todo la posibilidad de votar al que eligió, circunstancia que no todas las veces se da”.

Desde el Frente de Izquierda, Nicolas del Caño, cuestionó la iniciativa: “El remedio puede ser peor que la enfermedad, no se van a poder conocer todos los candidatos, solo van a constar los primeros cinco”. “Es una ley para esconder panqueques", concluyó. 

Asimismo, obtuvo media sanción el proyecto que establece la creación del Registro Nacional del Patrimonio Cultural Inmaterial , con el objetivo de constituirse en un mecanismo de gestión para la identificación y clasificación de las expresiones patrimoniales culturales inmateriales.

Durante la sesión, se sancionó el proyecto de ley venido en revisión del Senado, por el cual se concede autorización para desempeñar sus respectivos cargos de cónsules y vicecónsules honorarios y de embajadora extraordinaria y plenipotenciaria, propuestos por gobiernos extranjeros según lo establecido en la ley 23.732; así como también distintos Tratados, Convenios y Acuerdos internacionales.

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